viernes, 17 de diciembre de 2010

N. SANTA ÚRSULA,

EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS DA LA RAZÓN AL GOBIERNO LOCAL EN EL RECURSO INTERPUESTO POR EL ANTERIOR SECRETARIO

Con ello se desmiente que el actual grupo de gobierno fuera condenado por acoso al antiguo trabajador municipal

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TJSC) ha dado la razón al grupo de gobierno del Ayuntamiento de Santa Úrsula al dictar una sentencia que anula otra (emitida el 28 de mayo de 2010) por considerar que en ese caso el fallo del Juez no se ajustaba al procedimiento, cuyo objeto de litigio era un acuerdo plenario sobre la organización y funciones de la plantilla de personal municipal.

Hay que recordar que el anterior secretario local interpuso Recurso Contencioso-Administrativo contra el citado acuerdo -de fecha 12 de junio de 2009- en el que únicamente se recogían cuestiones relativas a la distribución de funciones de los trabajadores del Ayuntamiento. Sin embargo, tal hecho fue publicado en prensa de manera errónea y difamatoria, pues en una información aparecida el 30 de junio de 2010 se anunciaba que un Juez condenaba al gobierno local por acoso al anterior secretario municipal, dejando entrever que se trataba de un proceso sobre discriminación y violación de derechos fundamentales, algo totalmente incierto.

Ante tales informaciones equivocadas y perniciosas, el gobierno local exige -el 3 de agosto de 2010- su derecho de rectificación de la noticia publicada y aclara que no ha sido condenado por acoso en modo alguno y que el pleito en cuestión trataba únicamente sobre la modificación de la plantilla de personal por cuestiones organizativas de la Corporación santaursulera.

En este sentido, el pasado 3 de noviembre el TSJC ha dictado una sentencia que anula la de Instancia contra el mencionado acuerdo plenario. Tal y como aparece en dicha sentencia “el Juez de Instancia se pronuncia sobre la legalidad de una actuación administrativa que no había sido objeto de recurso, ya que el objeto del mismo se refiere exclusivamente al acuerdo de aprobación de la plantilla de Personal”.

Por tanto, este fallo del TSJC da la razón al grupo de gobierno del Ayuntamiento de Santa Úrsula  y corrobora sus manifestaciones realizadas en distintas ocasiones para desmentir lo mantenido por el anterior secretario municipal y su abogado. 

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